Podemos definir la privación de la patria potestad como aquella sanción aplicada a uno de los progenitores (madre o padre) suspendiendo sus derechos de potestad. De esta forma, existen algunos supuestos donde existe la posibilidad de privación total o parcial de la patria potestad a uno (o ambos) progenitores.
Para que esta privación suceda será necesario la aplicación de una serie de requisitos encontrados en el artículo 170 CC, a aquel progenitor que incumpla con los deberes que esta conlleva:
“Cualquiera de los progenitores podrá ser privado total o parcialmente de su potestad por sentencia fundada en el incumplimiento de los deberes inherentes a la misma o dictada en causa criminal o matrimonial. Los Tribunales podrán, en beneficio e interés del hijo, acordar la recuperación de la patria potestad cuando hubiere cesado la causa que motivó la privación”.
Por tanto, resumiendo los requisitos de la patria potestad:
- Que los progenitores no cumplan sus deberes de forma grave y reiterada.
- Que la privación sea beneficiosa para el menor.
Pero antes de establecer, cuales son los motivos de privación de la patria potestad deberemos establecer en qué consiste la misma.
¿En qué consiste la patria potestad?
La patria potestad son todos los derechos, deberes y atribuciones que tienen los padres sobre los hijos menores no emancipados. Se encuentra regulado en el artículo 154 del Código Civil, encontrándonos los siguientes deberes y derechos:
- La educación de los hijos.
- La alimentación.
- El cambio de domicilio.
- Tenerlos en su compañía.
- Administrar los bienes de sus hijos.
Debemos tener en cuenta que el ejercicio de la patria potestad se hace siempre por el interés de los hijos, respetando sus derechos. Cuando los padres se encuentren separados, la patria potestad podrán realizarla conjuntamente (si se solicita así) o únicamente aquel progenitor que conviva con el menor.
¿Cuáles son los motivos de privación de la patria potestad?
No existe una lista cerrada de casos en los que se exija la privación de la patria potestad, pudiendo nombrar los siguiente:
- Por incumplimiento de los deberes inherentes a la patria potestad.
- Por desacuerdos reiterados que entorpezcan el ejercicio de la patria potestad.
- Malos tratos.
- Alcoholismo o drogadicción.
- Condena penal.
- Perturbaciones mentales.
- Incapacidad o enfermedad mental.
- Ausencia del progenitor.
Asimismo el código penal establece una serie de causas de privación de la patria potestad:
- El artículo 55 CP, de naturaleza accesoria o potestativa, establece la privación cuando exista una condena igual o mayor a 10 años en los casos de que exista una relación entre el ejercicio de la patria potestad y delito.
- Asimismo en aquellos delitos contra la libertad e indemnidad sexual y por los delitos contra las relaciones familiares, ya que ello influye en el desarrollo integral del menor.
- El artículo 56 CP cuando la pena sea menor de 10 años la privación será posible dependiendo de la gravedad del delito cometido.
Sin embargo, como establece el artículo 170 CC, dichas privaciones deberán realizarse, en todo caso, mediante sentencia judicial.
¿Cuál es la consecuencia de la privación de la patria potestad?
La declaración por parte de un tribunal de la privación de la patria potestad, le concede de forma automática los derechos al otro progenitor. Este progenitor tendrá el ejercicio exclusivo de la misma. Además será el único responsable de tomar las decisiones importantes relacionadas con el hijo incapacitado o menor.
El progenitor que se le otorga la patria potestad no requiere nada del otro progenitor, pero éste tendrá que cumplir con algunas obligaciones. Las cuales se encuentran establecidas en el artículo 110 del Código Civil, como es proporcionarle los alimentos. El artículo 160 CC establece que puede relacionarse, pero siempre que la resolución judicial no disponga otra cosa. El progenitor que ha sido privado de la patria potestad puede ser desheredado por parte del hijo y de su cónyuge. Esto se encuentra establecido en los artículos 854 y 855 CC.
¿Cómo pedir el ejercicio exclusivo de la patria potestad?
Para la petición del ejercicio exclusivo de la patria potestad se ha de interponer una demanda de modificación de medidas. Esta demanda debe de guiarse sobre argumentos sólidos. Como la dejación absoluta de los deberes hacía el menor, tanto en asistencia moral como material. En algunos casos dependiendo de la situación se debe pedir a tiempo la suspensión del régimen de visitas. Como todas las modificaciones de medidas que se pidan deben hacerse por el interés del menor, las circunstancias que las apoyan se deben probar. Cuando se acuerda el ejercicio exclusivo de la patria potestad en ningún caso se suspende la obligación de la pensión de alimentos.
¿Cómo recuperar la patria potestad de un hijo si te han privado de ella?
La patria potestad podrá recuperarse cuando se cumplan estos dos requisitos:
- Que desaparezca la causa que originó la privación de la patria potestad.
- Que la rehabilitación del derecho-deber de la patria potestad es beneficiosa para el menor.
Para recuperar la patria potestad existen diferentes vías. Por un lado, la sentencia por la que se hubiere privado la patria potestad se podrá recurrir dentro de los plazos señalados a tal efecto cuando se consideren vulnerados los derechos procesales o sustanciales de las partes.
Por otro lado, en cualquier momento se puede instar un procedimiento de modificación de medidas. Para ello, se deberá acreditar que las circunstancias han cambiado y que la causa que originó la privación ya no existe.
Para solicitar la recuperación de la patria potestad se deberá aportar un Plan de Mejora o Plan Parental, en el que se incluirán las medidas a adoptar en diversos ámbitos: socialización, educación, economía, atención sanitaria, etc.